Carta que envío al Embajador de México en China, con una
petición urgente: Sr Julián Ventura Valero y/o a quien corresponda
Embajada de México en China.
El que ésta suscribe, Francisco Santiago Emilio González
Christen, con domicilio legal para recibir (omitido en redes sociales por razones de seguridad) Licenciado en Derecho con Cédula profesional número 3252998 expedida por
la SEP con número de registro único 165196 del Sistema Computarizado para el
Registro de Profesionales del Derecho ante los órganos jurisdiccionales, me
dirijo a usted de la manera más atenta y respetuosa para solicitarle que se le
otorgue visa por razones humanitarias a la señorita Maozhu Wang, novia de mi
hijo y de quien está embarazada y con quien planea casarse.
Razón por la cual hemos tramitado ya un acta de soltería de
mi hijo el joven Francisco González Ramírez, misma que se ha cotejado en el
Registro Civil de Xalapa, Veracruz, México, ciudad donde nació, la hemos
legalizado tanto en la SEGOB del Gobierno del Estado de Veracruz como en la
SEGOB Federal y en la delegación de la SRE del Estado de Veracruz con sede en
Xalapa y los hemos traducido ante un perito reconocido y registrado ante las
autoridades competentes en la materia. No hemos podido hacer más debido a la
lentitud de estos procedimientos, que nos tomaron al menos una semana de
trámites en las ciudades de México y de Xalapa. Y no le puedo mostrar copia de
los documentos originales porque van físicamente en camino a la ciudad de Beijing,
China por DHL y llegarán el día 22 de julio del presente año.
El asunto es que mi hijo ha terminado sus relaciones de
trabajo con la universidad de Chong Qing y tiene que emprender el regreso a
México el día 3 de agosto del presente año. Pero ha encontrado innumerables
trabas para casarse y, sobre todo, para obtener la visa para su futura esposa,
la señorita Maozhu Wang. ¿Qué implicaciones tiene esto? Como mi futuro nieto
surgió por una falla en el control de la natalidad de mi hijo y su pareja, fue
concebido antes de casarse y obtener un permiso del Gobierno de China para
concebirlo. Además, la visa se le ha negado a Maozhu Wang por ser pobre, por no
contar con tarjeta bancaria o por disponer de poco dinero ella y mi hijo, lo
cual ya es un acto de discriminación por su condición social. Además, considero
que viola lo dispuesto por algunos artículos de la Constitución Mexicana tales
como el 1º, el 4º, el 11º y, por ende, el 14, el 16 , el 22 y el 29 (en lo que
se refiere al principio de legalidad), así como todos los artículos relativos a
Derechos Humanos de todos los tratados internacionales que ha firmado México.
El asunto es que si mi hijo tiene que regresarse a México
sin la compañía de la madre de su hijo, la suerte para mi nieto tiene dos
opciones: a) ser abortado (con el riesgo de que su madre también pierda la vida
en esta peligrosa operación, debido al avance de su embarazo) b) Nacer como un
paria sin derecho a nombre ni identidad, cosa que es inadmisible para el
Derecho Mexicano.
El futuro hijo de Maozhu Wang también tiene genes mexicanos,
por lo que considero que el Estado Mexicano tiene la obligación de protegerlo.
Razón por la cual le solicito que URGENTEMENTE se le otorgue una visa para
residir en México a Maozhu Wang, con quien se casará, sea en México, sea en
China. Mi esposa y yo nos podemos hacer cargo de su manutención, de la de mi
nieto y la de mi hijo en tanto consiguen trabajo en nuestro país. Nostros somos
personas solventes, con capacidad para darle un
empleo a Maozhu Wang o atender su manutención. No hay más razón para negarle la visa que la indiferencia
burocrática y el desprecio a los derechos humanos, a la vida y a la integración
familiar. Disculpe usted el tono, pero la situación ya es desesperante y
urgente.
Atentamente, Licenciado Francisco Santiago Emilio González
Christen